¿Son tránsfugas los diputados de Podemos?
¿Qué se ha dicho? Que, cuando una persona se presenta por una coalición y la …
¿Qué se ha dicho?
Que, cuando una persona se presenta por una coalición y la abandona sin ceder el escaño, estamos ante un caso de transfuguismo.
¿Qué sabemos?
Según el Pacto Antitransfuguismo, son tránsfugas aquellos representantes “que, traicionando al sujeto político (partidos políticos, coaliciones o agrupaciones de electores)” que los presentó a las elecciones, “hayan abandonado el mismo”.
Podemos anunció el pasado 5 de diciembre que sus cinco diputados abandonaban el grupo parlamentario de Sumar para integrarse en el Grupo Mixto del Congreso. Después de ser preguntado por esta decisión, el portavoz de Sumar, Ernest Urtasun, afirmó que lo que establece el Pacto Antitransfuguismo “es que cuando una persona se presenta por una coalición y la abandona sin ceder el escaño, estamos ante un caso de transfuguismo” (a partir del minuto 9:19). “No lo digo yo, lo dice el acuerdo que suscribieron todos los partidos de forma unánime, incluido Podemos”, añadió.
Por su parte, el portavoz de Podemos, Pablo Fernández, rechazó las acusaciones. Frente a quienes comparan la situación actual con el caso de la exdiputada Meri Pita, que fue acusada de “transfuguismo” por parte de la exministra Irene Montero tras abandonar el grupo parlamentario de Unidas Podemos en la legislatura pasada, Fernández defendió que “hay una diferencia sustancial […] entre la decisión individual de una persona que desacata y que incumple las directrices de un partido político […] y la decisión de una organización entera” (a partir del minuto 29:17). “El pacto [antitransfuguismo] es cristalino, meridiano y palmario”, manifestó.
¿Pero qué dice exactamente el Pacto Antitransfuguismo? ¡Te lo explicamos!
“Lo que establece la adenda tercera [del Pacto Antitransfuguismo] en su artículo primero […] es que cuando una persona se presenta por una coalición y la abandona sin ceder el escaño, estamos ante un caso de transfuguismo. No lo digo yo, lo dice el acuerdo que suscribieron todos los partidos de forma unánime, incluido Podemos”
Ernest Urtasun (Sumar)
¿Qué es un tránsfuga, según el Pacto Antitransfuguismo?
Son tránsfugas aquellos representantes que, “traicionando al sujeto político (partidos políticos, coaliciones o agrupaciones de electores)” que los presentó a las elecciones, “hayan abandonado el mismo, hayan sido expulsados o se aparten del criterio fijado por sus órganos competentes”. Así lo indica la adenda tercera del Pacto Antitransfuguismo, suscrito en 2020 por Podemos, entre otras formaciones, y el cual define el transfuguismo como “una forma de corrupción y una práctica antidemocrática que altera las mayorías expresadas por la ciudadanía en las urnas”.
El pacto también apunta a un segundo caso cuando señala que “se considerará tránsfuga asimismo la persona electa” por una coalición cuando abandone, se separe de la disciplina o sea expulsada “del partido político coaligado que propuso su incorporación en la candidatura, aunque recale en otro partido o espacio de la coalición, sin el consentimiento o tolerancia” de su formación inicial.
Sin embargo, “este segundo caso no se da, ya que los cinco diputados de Podemos no abandonado su propia formación ni tampoco se han marchado a otro partido de la coalición, como Izquierda Unida o Más País, sino que han salido en bloque del grupo parlamentario de Sumar, la coalición con la que se presentaron”, explica el jurista e investigador del Observatorio de Derecho Público IDP Barcelona, Genís Vives.
El pacto continúa señalando que, “cuando surgiesen dudas sobre qué personas han incurrido en transfuguismo […] será el sujeto político que los ha presentado y/o el partido que los y las propuso”, en el caso del segundo supuesto previsto, “quien aclarará por escrito quiénes han abandonado la formación, han sido expulsados o se han apartado de su disciplina, a efectos de su calificación como tránsfugas”.
Es decir, el acuerdo determina que, en todo caso, la capacidad de declarar a una persona como tránsfuga recae en manos del sujeto político que sufre las deserciones (sea un partido político, una coalición o una agrupación de electores), según apunta Genís Vives, quien reconoce que se trata de “un tema complejo”.
El Pacto Antitransfuguismo “no es una norma jurídica”
No obstante, Vives puntualiza que “el pacto no es una norma jurídica, sino un compromiso suscrito por los partidos políticos”, por el que vela una comisión de seguimiento adscrita al Ministerio de Política Territorial y Memoria Democrática, la cual está “compuesta por un representante de cada una de las fuerzas políticas que han suscrito dicho acuerdo”, tal y como señala la página web de este organismo.
Además, hay que tener en cuenta que la Constitución establece en su artículo 67 que “los miembros de las Cortes Generales no estarán ligados por mandato imperativo” y que el Tribunal Constitucional reconoció en una sentencia de 1983 que el acta pertenece al propio diputado, “algo que, además, ha sido reiterado en diferentes sentencias”, subraya Vives. Es decir, no existen posibilidades de que Sumar recupere los cinco escaños de Podemos en caso de reclamarlos por la vía judicial.
La coalición Sumar acordó formar “un solo grupo parlamentario”
El pacto con el que los partidos que integraron la coalición Sumar se presentaron a las elecciones generales del 23 de julio indica que las distintas organizaciones, entre las que se encontraba Podemos, acordaron formar “un solo grupo parlamentario con las personas representantes que la coalición Sumar obtenga en el Congreso de los Diputados”. Así consta en el documento publicado por la Junta Electoral Central.
El acuerdo también señala que “el funcionamiento del grupo parlamentario se regirá por un reglamento que respetará los acuerdos adoptados y se acordará entre las fuerzas políticas que componen la coalición”. En este sentido, el departamento de prensa de Sumar ha explicado a Verificat que a 13 de diciembre todavía no disponen de este reglamento, pero que se encuentran trabajando en su elaboración.