No todos los códigos penales del mundo castigan entrar irregularmente en un país y España tampoco, a diferencia de lo que dice Garriga
España no considera la permanencia irregular en su territorio como delito, sino como falta administrativa grave.
¿Qué se ha dicho?
Ignacio Garriga afirmó que la nueva medida que ha presentado la Generalitat para crear 630 empleos para personas en situación irregular legitima el delito porque entrar irregularmente un país está castigado en cualquier Código Penal del mundo.
¿Qué sabemos?
España no considera la permanencia irregular en su territorio como delito, sino como falta administrativa grave. El Tribunal de Justicia de la Unión Europea considera que las sanciones penales por entrada irregular van en contra del Derecho Comunitario.
Ignacio Garriga, presidente del grupo de Vox en el Parlament de Catalunya, asegura que la línea de ayudas anunciada por la Generalitat para crear 630 puestos de trabajo para personas en situación irregular en Catalunya es “una medida que legitima el delito” porque “entrar ilegalmente en un país está castigado en cualquier código penal del mundo”.
Es FALSO. Ni España ni otros países (como Francia) consideran que la entrada en su territorio de forma irregular sea un delito. De hecho, las sanciones penales por entrada irregular van en contra del derecho comunitario, según el Tribunal de Justicia de la Unión Europea. La medida, además, no legitima el delito porque la ley española considera la permanencia irregular en su territorio como falta administrativa y no como delito.
"Entrar ilegalmente en un país está castigado en cualquier código penal del mundo"
Ignacio Garriga, presidente del grupo Vox en el Parlament de Catalunya
La línea de ayudas ACOL, lanzada el 9 de enero, está destinada a personas que se encuentran en situación administrativa irregular, pero en condiciones de obtener una autorización de residencia y trabajo por arraigo social, según detalla la resolución de la convocatoria. Es decir, no pueden tener antecedentes penales ni en España ni en su país de origen y deben disponer de un contrato laboral, entre otros requisitos.
La ayuda, por tanto, pretende facilitar el acceso al mercado de trabajo a aquellos a quienes sólo les falta tener un trabajo para conseguir la residencia temporal, según la nota de prensa del Gobierno.
La entrada irregular no es un delito en España
Además, es falso decir que "esta medida legitima el delito" porque ni entrar ni encontrarse en situación irregular en España está castigado con sanciones penales ni está incluido en el Código Penal, como comentan a Verificat el profesor de la Universidad de Barcelona David Moya y el abogado especializado en extranjería David Querol. Se trata de una infracción administrativa grave especificada en el artículo 53.1a de la ley de extranjería y no un delito, como ya hemos explicado en otra verificación. Es decir, la sanción la impone una administración y no un tribunal o juzgado como en el caso de una sanción penal.
Lo que sí contempla el Código Penal español como delito es facilitar la entrada irregular de extranjeros (art. 318 bis), pero no se dirige a los extranjeros que entren irregularmente, sino a aquellos conocidos como “traficantes o contrabandistas de personas”, según explica Moya.
La infracción penal no es la norma general
El presidente del grupo parlamentario de Vox justificó su intervención en redes diciendo que "entrar ilegalmente en un país está castigado en cualquier código penal del mundo". Pero esto tampoco es verdad.
"Hay delitos que son delito en todas partes, como el homicidio" y otros que dependen de una "decisión del legislador", y la entrada y estancia irregular se incluye dentro de este segundo grupo, detalla la catedrática en Derecho Penal de la Universidad Complutense de Madrid Margarita Martínez a Verificat. Sin embargo, tipificar la entrada irregular como una infracción penal "sería un caso aislado, no la regla general", explica a Verificat Josep Maria Tamarit, catedrático de Derecho Penal y profesor de la Universitat Oberta de Catalunya.
En Francia, por ejemplo, hasta mayo de 2021 entrar de forma irregular comportaba multa de 3.750 euros y un año de prisión (artículo L621-2 derogado de la ley de extranjería). Sin embargo, actualmente la ley francesa ya no habla de sanciones por entrada irregular, sino de la entrega y el retorno del extranjero a las autoridades competentes de otro Estado (artículo L621-1).
En Italia, en cambio, sí se considera un delito. Desde 2011, entrar y permanecer de forma irregular en el país está castigado con una multa de entre 5.000 y 10.000 euros (artículo 10 bis de la ley de extranjería). Antes de la reforma de la normativa, sí preveía penas de prisión para aquellos que teniendo una orden de abandonar el país continuaban en el territorio de forma irregular.
El TJUE prioriza la expulsión en las sanciones penales
Sin embargo, esta disposición se eliminó tras una sentencia del Tribunal de Justicia de la Unión Europea que alegaba que la pena de prisión retrasa el retorno del extranjero y esto contradice la legislación europea (directiva 2008/115/ CE)
Esta sentencia, conocida como “El Dridi”, ya advirtió de que la aplicación de sanciones penales por entrada irregular no es compatible con la legislación europea, como remarcan tanto el profesor Moya como la catedrática Martínez. La directiva de retorno “establece como prioridad la expulsión por estancia irregular” y, por tanto, encarcelar a alguien por ello, va en contra del derecho comunitario, explican ambos expertos.
El efecto llamada no está demostrado
El supuesto efecto llamada que políticas como la que ahora ha presentado la Generalitat puedan tener no está demostrado, al contrario de lo que dice Garriga. Las políticas migratorias que se han aplicado en otros momentos de la historia no han implicado un aumento de la inmigración irregular y dentro del mundo académico tampoco existe evidencia clara que indique que ciertas medidas tienen un impacto significativo en el número de llegadas .
Los factores que impulsan a los migrantes a abandonar sus países de origen son más relevantes que las políticas de los países de acogida, según diversos estudios y expertos consultados en este artículo que publicamos en El Periódico.