No se ha aprobado ninguna normativa que permita al gobierno entrar en las casas para recoger datos de salud

El domicilio es inviolable y sólo se puede acceder a él con el consentimiento del titular o mediante resolución judicial


¿Qué se ha dicho?

Que se ha aprobado una normativa que permite al Estado, al Gobierno, entrar en las casas de los ciudadanos para recabar datos de salud e incluso grabarlos.

¿Qué sabemos?

El domicilio es inviolable, de acuerdo con la Constitución española. El vídeo hace referencia a la Encuesta de Salud del Instituto Nacional de Estadística (INE), que se celebra desde 1987.

Nos habéis preguntado a través de nuestro servicio de WhatsApp por un vídeo con más de 155.000 visualizaciones en YouTube, en el que un hombre que se presenta a sí mismo como abogado asegura que el 14 de marzo se aprobó “una normativa que permite al Estado" entrar en las casas de la ciudadanía "para recaudar datos de salud". Es FALSO. El artículo 18.2 de la Constitución española contempla que "el domicilio es inviolable" y que sólo se puede acceder con el consentimiento del titular o mediante resolución judicial, salvo en caso de "flagrante delito".

El hombre hace referencia a la licitación de la Encuesta de Salud del Instituto Nacional de Estadística (INE), que recoge periódicamente información sobre el estado de la salud o los usos de los servicios sanitarios de los españoles desde 1987. Es cierto que las encuestas se realizan puerta a puerta, pero la participación no es obligatoria y el encuestado no tiene la obligación de dejar entrar al encuestador en su casa.

Se ha aprobado una normativa que permite al Estado, al Gobierno, entrar en sus casas para recabar datos de salud e incluso grabaros

Ni el Estado, ni el Gobierno, ni ninguna persona puede acceder al interior de ninguna vivienda sin el consentimiento expreso del titular o sin una resolución judicial que así lo indique, salvo si se ha producido un delito "flagrante", cómo contempla el artículo 18.2 de la Constitución. Tampoco es cierto que el 14 de marzo se publicara una normativa en el Boletín Oficial del Estado (BOE) que dijera tal cosa, como afirma el supuesto abogado.

La publicación que muestra el autor no es una normativa, sino que se trata del pliego de prescripciones técnicas (disponible aquí) que no forma parte del BOE y que especifica las tareas que tendrá que llevar a cabo la empresa adjudicataria de una licitación para realizar el servicio de recogida, grabación, codificación y depuración de la Encuesta de Salud de España (ENSE) 2023, un documento estadístico que el Ministerio de Sanidad lleva a cabo de forma periódica desde 1987.

La información recogida por la encuesta se divide en tres cuestionarios: cuestionario del hogar, cuestionario de adultos y cuestionario de menores. El cuestionario del hogar recoge a todos los miembros que conviven y algunas variables sociodemográficas básicas. Los cuestionarios de adulto y menor recogen respectivamente información individual de una persona de 15 o más años entre los miembros del hogar, y sobre un menor entre los miembros de 0 a 14 años, si procede.

La muestra seleccionada por la encuesta es de 37.500 hogares. Los datos son de uso público y contienen registros anonimizados de las personas u hogares que contestan a la encuesta, de forma que no sea posible identificar a la persona entrevistada.

El artículo 127.3 de la Ley 9/2017, contempla que cualquier proceso de contratación pública debe incluir un pliego de prescripciones técnicas que detallen las características y los requisitos que deberá cumplir la empresa a la que se adjudique el contrato. Este tipo de documento no constituye, por tanto, una normativa que modifique la ley o la Constitución.

El pliego especifica que el adjudicatario deberá recoger los datos de los ciudadanos seleccionados a través de una encuesta online. En caso de que las personas que forman la muestra no la rellenen, los datos deberán recogerse a través de entrevistas personales en los domicilios, que serán grabadas junto con las posibles incidencias que surjan (como que el entrevistador no encuentre la vivienda o que ninguna persona que viva esté capacitada o quiera responder, por ejemplo). Estas incidencias tendrán que ser comunicadas al Instituto Nacional de Estadística (INE), que también forma parte de la realización de la encuesta.

Encuestas online por primera vez

El documento no establece en ningún punto que la ciudadanía esté obligada a responder o colaborar en la encuesta y, en efecto, el departamento de prensa del INE ha confirmado a Verificat que la encuesta "es voluntaria". De hecho, en la edición de 2017 el 12% de las personas seleccionadas se negó a participar.

La edición de 2023 de la Encuesta de Salud de España será la primera en la que se cumplimentarán las encuestas a través de formularios online. En todas las ediciones anteriores, la recogida de datos se ha realizado siempre mediante las entrevistas personales grabadas en los domicilios de los ciudadanos, tal y como ilustra la metodología de los trabajos (2017, 2011/12, 2006, 2003, 2001, 1997, 1995, 1993 y 1987). De hecho, la descripción del desarrollo de las entrevistas personales recogida en el pliego de prescripciones técnicas de la edición de 2017 es la misma que la de 2023.

En caso de que la encuesta no sea contestada online, se procederá a efectuar una visita presencial. "Se trata de ofrecer diferentes canales de hacer la entrevista para que el informante participe con el canal que prefiera", explica el INE. Si un hogar no accede por internet, se le ofrece la visita de entrevistador, ya que “el hecho de que una persona no conteste por internet no es una negativa, sino que puede que no tenga acceso por esta vía o prefiera a un entrevistador”.

@font-face {
font-family: ‘graphik-web’;
src: url(‘chrome-extension://ihcjicgdanjaechkgeegckofjjedodee/vendor/graphik/web/graphik-bold-web.eot’);
src: url(‘chrome-extension://ihcjicgdanjaechkgeegckofjjedodee/vendor/graphik/web/graphik-bold-web.eot?#iefix’) format(‘embedded-opentype’),
url(‘chrome-extension://ihcjicgdanjaechkgeegckofjjedodee/vendor/graphik/web/graphik-bold-web.woff2’) format(‘woff2’),
url(‘chrome-extension://ihcjicgdanjaechkgeegckofjjedodee/vendor/graphik/web/graphik-bold-web.woff’) format(‘woff’);
font-weight: 700;
font-style: normal;
font-stretch: normal;
}
@font-face {
font-family: ‘graphik-web’;
src: url(‘chrome-extension://ihcjicgdanjaechkgeegckofjjedodee/vendor/graphik/web/graphik-lightitalic-web.eot’);
src: url(‘chrome-extension://ihcjicgdanjaechkgeegckofjjedodee/vendor/graphik/web/graphik-lightitalic-web.eot?#iefix’) format(‘embedded-opentype’),
url(‘chrome-extension://ihcjicgdanjaechkgeegckofjjedodee/vendor/graphik/web/graphik-lightitalic-web.woff2’) format(‘woff2’),
url(‘chrome-extension://ihcjicgdanjaechkgeegckofjjedodee/vendor/graphik/web/graphik-lightitalic-web.woff’) format(‘woff’);
font-weight: 300;
font-style: italic;
font-stretch: normal;
}
@font-face {
font-family: ‘graphik-web’;
src: url(‘chrome-extension://ihcjicgdanjaechkgeegckofjjedodee/vendor/graphik/web/graphik-regular-web.eot’);
src: url(‘chrome-extension://ihcjicgdanjaechkgeegckofjjedodee/vendor/graphik/web/graphik-regular-web.eot?#iefix’) format(‘embedded-opentype’),
url(‘chrome-extension://ihcjicgdanjaechkgeegckofjjedodee/vendor/graphik/web/graphik-regular-web.woff2’) format(‘woff2’),
url(‘chrome-extension://ihcjicgdanjaechkgeegckofjjedodee/vendor/graphik/web/graphik-regular-web.woff’) format(‘woff’);
font-weight: 400;
font-style: normal;
font-stretch: normal;
}
@font-face {
font-family: ‘graphik-web’;
src: url(‘chrome-extension://ihcjicgdanjaechkgeegckofjjedodee/vendor/graphik/web/graphik-bolditalic-web.eot’);
src: url(‘chrome-extension://ihcjicgdanjaechkgeegckofjjedodee/vendor/graphik/web/graphik-bolditalic-web.eot?#iefix’)
format(‘embedded-opentype’),
url(‘chrome-extension://ihcjicgdanjaechkgeegckofjjedodee/vendor/graphik/web/graphik-bolditalic-web.woff2’)
format(‘woff2’),
url(‘chrome-extension://ihcjicgdanjaechkgeegckofjjedodee/vendor/graphik/web/graphik-bolditalic-web.woff’)
format(‘woff’);
font-weight: 700;
font-style: italic;
font-stretch: normal;
}
@font-face {
font-family: ‘graphik-web’;
src: url(‘chrome-extension://ihcjicgdanjaechkgeegckofjjedodee/vendor/graphik/web/graphik-medium-web.eot’);
src: url(‘chrome-extension://ihcjicgdanjaechkgeegckofjjedodee/vendor/graphik/web/graphik-medium-web.eot?#iefix’) format(‘embedded-opentype’),
url(‘chrome-extension://ihcjicgdanjaechkgeegckofjjedodee/vendor/graphik/web/graphik-medium-web.woff2’) format(‘woff2’),
url(‘chrome-extension://ihcjicgdanjaechkgeegckofjjedodee/vendor/graphik/web/graphik-medium-web.woff’) format(‘woff’);
font-weight: 500;
font-style: normal;
font-stretch: normal;
}

european media and information fund