Las mentiras alimentan el odio
Desmentimos los rumores que más circulan en Catalunya sobre la inmigración, uno de los colectivos más afectados
por la desinformación, y te damos argumentos para que puedas defenderte del ruido que nos confronta.
Consulta las verificaciones sobre migración.
Coordinación por Lucía Abadías López
Derechos
¿Qué nos aportan los inmigrantes? ¿Nos convierten en una sociedad más pobre? ¿Más rica?
Más allá de que estamos hablando de seres humanos, constantemente se cuestiona la contribución de los extranjeros y se plantea que se llevan todas las ayudas sociales y prestaciones que los autóctonos generan con sus impuestos. Pero la realidad es que aportan más de lo que reciben.
Empadronamiento
El empadronamiento es un derecho y una obligación de todas las personas que viven en un municipio, independientemente de su situación administrativa, tal y como establecen el artículo 15 de la Ley reguladora de las bases de régimen local y el artículo 6 de la Ley de extranjería. Es decir, es un trámite básico que permite a cualquier persona formar parte, como ciudadana, del municipio en el que vive.
La Ley de extranjería, a diferencia de lo que se ha dicho en más de una ocasión, no prohíbe el empadronamiento de las personas migrantes en situación administrativa irregular. Además, la ley de igualdad de trato y no discriminación del Parlament de Catalunya deja claro que las administraciones públicas deben velar para que «las condiciones municipales para el empadronamiento no comporten ninguna discriminación para las personas migrantes en situación administrativa irregular».
La situación administrativa de los inmigrantes es una competencia del Estado, pero los municipios son los encargados de garantizar las necesidades básicas a los residentes de su localidad. Por tanto, entran en juego diferentes niveles de gobernanza. En este sentido, el sistema de empadronamiento español es único en la Unión Europea. El padrón sí permite el acceso a servicios básicos, como la enseñanza pública y la asistencia sanitaria básica.
En cualquier caso, debe mencionarse que, aunque el empadronamiento sea un derecho y una obligación para los extranjeros, no todos ellos figuran en el padrón. Tal y como menciona Ana Fernández Pérez, catedrática de Derecho Internacional Privado en la Universidad de Alcalá de Henares, en su libro Derecho de Extranjería, existe un miedo por parte del extranjero indocumentado a inscribirse en el padrón: «El miedo se basa precisamente en la posibilidad de que la Dirección General de Policía pueda verificar la situación de clandestinidad en la que se encuentra el extranjero».
Las personas sin domicilio fijo
La legislación española obliga, a través del artículo 54 del Reglamento de Población y Demarcación Territorial de las Entidades Locales y del artículo 3 de una resolución vinculante del INE publicada en el BOE, a empadronar a los vecinos de un municipio a pesar de no tener un domicilio fijo.
«El padrón debe reflejar el domicilio donde realmente vive cada vecino del municipio y de la misma manera que la inscripción padronal es completamente independiente de las controversias jurídico-privadas sobre la titularidad de la vivienda, lo es también de las circunstancias físicas, higiénico-sanitarias o de otra índole que afecten al domicilio». En consecuencia, «en consecuencia, las infraviviendas (chabolas, caravanas, cuevas, etc. e incluso ausencia total de techo) pueden y deben figurar como domicilios válidos en el padrón», dice el artículo 3.3 de la resolución de la Presidencia del INE sobre la gestión del padrón municipal.Por tanto, la solución que se plantea es empadronar a las personas sin hogar fijo en «domicilios ficticios». Los servicios sociales correspondientes establecen la dirección, sea en su propia sede o en la del albergue municipal, por ejemplo. Así, no se trata de «empadronamientos fraudulentos» cuando el Ayuntamiento de Barcelona informa que tiene 5.900 personas empadronadas en su sede de los servicios sociales de Nou Barris, tal y como explicamos, sino que cumple con la ley. El empadronamiento fraudulento se da, por ejemplo, cuando se cobra o se extorsiona a las personas sin papeles a cambio de un registro en el padrón.
Nacionalización
La nacionalización es el proceso a través del cual un ciudadano extranjero adquiere la nacionalidad española. No debe confundirse con la residencia, que es la autorización para permanecer en el país legalmente, pero no implica un cambio en la nacionalidad. Un ciudadano extranjero con nacionalidad española tiene los mismos derechos y deberes que un español de nacimiento.
El Código Civil considera diferentes motivos de adquisición de la nacionalidad española: por residencia (después de unos años legales viviendo en España), por opción (adopción por parte de un español o hijos de un progenitor español), por matrimonio con un español, o por carta de naturaleza, entre otros. Además, es necesario cumplir algunos requisitos, como la presentación de un certificado de antecedentes penales y la superación de exámenes de cultura e idioma. El 81 % del total de adquisiciones de nacionalidad española (no originaria) apuntadas en el Registro Civil desde 2013 han sido por residencia, según el Observatorio Permanente de Inmigración (OPI) del Gobierno español. En 2023, último período publicado por el INE, este porcentaje fue de casi el 89 %. Las concesiones de nacionalidad por matrimonio son una minoría (11 %).
De hecho, los matrimonios con una pareja extranjera siguen siendo una minoría en Catalunya.
¿A qué ayudas pueden acceder los extranjeros?
Cuando llegan a España, los migrantes tienen derecho a asistencia sanitaria y enseñanza pública (en el caso de los menores de 18 años). No es cierto, por el contrario, que los extranjeros en situación irregular cobren una «nómina», tal y como hemos verificado.
Estos son los derechos y deberes de las personas que desean acceder a los servicios sociales en España y Catalunya en función de cuál es su estado migratorio:
De hecho, no es cierto que el empadronamiento sea, de por sí, generador de derechos. Diego Boza, profesor de Derecho Penal de la Universidad de Cádiz, ha explicado a Verificat que «la falta de empadronamiento no puede suponer la denegación de la asistencia sanitaria pública, de las prestaciones sociales básicas, ni de la educación para los menores de 18 años (que son los únicos que tienen reconocido el derecho a la educación)». Eso sí, el experto especifica que otra cosa es que, en varios sitios, se pongan más obstáculos burocráticos «no previstos en la normativa».
Ana Fernández Pérez, catedrática de Derecho Internacional Privado en la Universidad Alcalá de Henares (UAH) comenta que, aunque las primeras versiones de la ley de extranjería establecían que los extranjeros debían estar empadronados en un municipio, «en los últimos años esto ha cambiado y el derecho no se vincula al hecho de estar empadronado o no». Eso sí, «el empadronamiento será necesario para saber qué municipio o comunidad autónoma puede dar acceso a los servicios. Es una cuestión más bien administrativa».
Las ayudas se otorgan en función de la renta
El Estado y las comunidades autónomas prevén distintos tipos de ayudas y subsidios, con criterios diversos y que, generalmente, se otorgan en función de la renta. No existen ayudas específicas para extranjeros.
Gran parte de las ayudas que ofrece el Estado son contributivas, es decir, se requiere una mínima cotización. En el caso de las no contributivas, en las que solo se pide, por ejemplo, el padrón, se tiene en cuenta la renta y en este caso la población extranjera tiene una gran presencia. De hecho, el riesgo de pobreza en España de los extranjeros no comunitarios es 25 puntos porcentuales mayores que el de los nacionales.
También existe una sobrerrepresentación de los extranjeros en los deciles de renta más bajos. De hecho, hasta el decil 6, el porcentaje de extranjeros es mayor que el del total de población que forma parte del mismo grupo. Uno de cada cuatro extranjeros se encuentra entre el 10 % de la población más pobre de Catalunya (el primer decil), y tres de cada cuatro forman parte del 50 % más pobre.
El informe Immigration and Social Benefits in en Mediterranean Welfare State: The Case of Spain, de la Universidad de Múnich (2009), destacaba que «los hogares de inmigrantes reciben menos prestaciones sociales en efectivo que los locales (en prestaciones sociales)» y que «el gasto en salud que reciben los inmigrantes (en servicios públicos) no es estadísticamente superior al destinado a los nativos».
Subvenciones para ONG y ayudas para refugiados y menores
La ley de extranjería defiende en su artículo 14 que «los extranjeros, cualquiera que sea su situación administrativa, tienen derecho a los servicios y prestaciones sociales básicas». El Ministerio de Inclusión subvenciona a entidades como Cruz Roja, el Comité Español de Ayuda al Refugiado, el Comisionado de las Naciones Unidas para los Refugiados, Médicos Sin Fronteras, Accem, la Fundación Cepaim, Cáritas o Red Acoge para que gestionen la ayuda humanitaria que, sin embargo, también se tramita desde administraciones autonómicas y locales. La ayuda humanitaria se destina a personas en situación de extrema necesidad.
Los españoles son los principales usuarios de los servicios sociales
La mayoría de los rumores que vinculan inmigración y ayudas públicas dan a entender que los extranjeros se benefician del estado de bienestar en detrimento de la población local. La Memoria del Sistema de Información de Usuarios de Servicios Sociales de 2023 reflejaba, sin embargo, que cerca del 80 % de los usuarios de toda España eran de nacionalidad española. Entre los extranjeros, las tres principales regiones de procedencia eran América central y del sur, el Magreb y la Unión Europea.
Las Rentas Mínimas de Inserción (RMI) son el conjunto de programas dirigidos a personas que no cuentan con los recursos económicos suficientes para hacer frente a sus necesidades básicas. Son prestaciones no contributivas y, sin embargo, el porcentaje de extranjeros que la reciben es mucho menor que el de ciudadanos españoles. En Catalunya, las personas con nacionalidad extranjera que la reciben son un 27 % del total de beneficiarios.
En el caso de los extranjeros en situación irregular, el acceso a servicios y ayudas es muy limitado y no pueden acceder a prestaciones económicas como el Ingreso Mínimo Vital (IMV) o la Renta Garantizada de Ciudadanía (RGC), como verificamos.
Sin embargo, a menudo se hacen virales mensajes que hablan de una «sobrerrepresentación» de personas migradas en las ayudas sociales sin tener en cuenta el principal criterio de admisión que tienen estas ayudas: la renta.
En octubre de 2022 desmentimos que el 40 % de los adjudicatarios de la RGC y el 43 % de los de vivienda pública fueran extranjeros. Los porcentajes reales son del 21,3 % de los titulares de la RGC y el 16 % respectivamente, según datos facilitados por el Departamento de Derechos Sociales y la Agencia Catalana de la Vivienda a través de una petición de transparencia de Verificat, y se otorgan estas ayudas en función del nivel de ingresos de los solicitantes.
La renta garantizada, aparte de requisitos de residencia o edad, se otorga por criterios económicos, y la población inmigrante está altamente sobrerrepresentada en las tasas de pobreza. En 2023, en Catalunya, el 47 % de las personas con nacionalidad extranjera estaban en riesgo de pobreza o exclusión social, frente al 19 % de las personas con nacionalidad española, de acuerdo con la tasa AROPE publicada por Idescat.
Tampoco es cierto que el 95 % de los beneficiarios de las ayudas para jóvenes extutelados sean extranjeros: conformaban el 53 % en 2020 y, en cualquier caso, la prestación se otorga por criterios económicos independientemente de la nacionalidad.
Para poder recibir la ayuda, además, los jóvenes deben comprometerse a seguir un plan de inserción social y laboral individual, con el objetivo de que se acaben emancipando y siendo autónomos económicamente una vez dejen de recibir la ayuda a los 21 o 23 años. De hecho, la prórroga de la prestación hasta los 23 años se aprueba si se está siguiendo ese plan de trabajo individual.
Las prestaciones de desempleo
En España se distinguen distintos tipos de prestaciones relacionadas con el desempleo.
- Prestación contributiva o de desempleo. Depende del tiempo trabajado previamente y de lo que la persona haya cotizado, con un mínimo de 360 días en los últimos seis años. Es «contributiva» porque se cobra en función de lo aportado (artículos del 266 al 273 de la Ley General de la Seguridad Social).
- Subsidio por desempleo o prestación asistencial. Va en función de la situación de necesidad de la persona beneficiaria, que debe demostrar una falta de ingresos y debe cumplir una serie de requisitos (artículos del 274 al 280 de la LGSS). No depende de lo que haya contribuido.
- Renta activa de inserción. Es una ayuda para desempleados en situación de necesidad económica y con graves dificultades para acceder al mercado laboral. Se puede solicitar si se está en situación de desempleo y no se tiene acceso ni a la prestación contributiva ni al subsidio de desempleo (Real Decreto 1369/2006).
- Programa de activación de empleo. Se dirige a personas desempleadas de larga duración. Incluye políticas activas de empleo con el objetivo de incrementar las oportunidades de volver al mercado laboral y ofrece ayuda económica de acompañamiento si la persona participa en las políticas de activación.
Desde 2017, las prestaciones por desempleo (de todos los tipos) que cobran los extranjeros han representado alrededor del 20 % del total, una proporción ligeramente superior a su peso sobre la población. También se sitúan, sobre todo, en la franja más baja de las rentas.
Siete de cada diez extranjeros que reciben la prestación por desempleo han cotizado
Desde 2017, más de la mitad de las prestaciones por desempleo que reciben los extranjeros son contributivas, es decir, requieren un período de cotización (regulado por la Ley General de la Seguridad Social, que establece que debes haber trabajado un mínimo de 360 días en los últimos seis años para recibir el subsidio). Esta proporción ha ido al alza en los últimos años y, actualmente, siete de cada diez extranjeros que reciben prestaciones por desempleo han cotizado en Catalunya.
En 2017, las prestaciones contributivas suponían en torno al 50 %, cifra que ha ido aumentando progresivamente hasta superar el 60 %.
Por otra parte, las tasas de desempleo de los extranjeros en Catalunya han sido históricamente superiores a las de los nativos, aunque en los últimos años las tasas de desempleo de los españoles y las de los extranjeros comunitarios han sido similares. Las tasas de desempleo de los extranjeros de países no europeos son muy superiores a las demás, más del doble que las de los españoles.
La pensión media de las personas con nacionalidad española es un 60 % mayor que la de las personas africanas y casi el doble que las de Sudamérica. Las de jubilación son, incluso, dos puntos y medio superiores entre los españoles que entre los sudamericanos que viven en España.
De entre los pensionistas que carecen de la nacionalidad española, la mayoría son europeos y, en especial, de la Unión Europea.
En cuanto a las pensiones no contributivas de jubilación, los últimos datos del Instituto de Mayores y Servicios Sociales (IMSERSO), correspondientes a 2023, muestran cómo más del 86 % se destinan a ciudadanos con la nacionalidad española. En el caso de las pensiones no contributivas en general, en las que también se incluyen, por ejemplo, las pensiones por invalidez, la cifra de beneficiarios españoles supera el 91 %.
En cuanto a la calidad de los trabajos, el Informe sobre la Integración de la Población Extranjera en el Mercado Laboral Español (2023) del Ministerio de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones muestra cómo, en España, el porcentaje de temporalidad de los contratos de los extranjeros es de un 36 %. El de los españoles es de un 23,4 %. Asimismo, el 8 % de los extranjeros con un trabajo temporal lo llevan a cabo a través de un «contrato verbal» frente al 1,7 % de los españoles.
En cuanto a la distribución ocupacional, el informe muestra que, en promedio, los ocupados extranjeros representan el 16 % del total, aunque en las ocupaciones elementales, las que requieren menor cualificación, suponen el 36 %. Por el contrario, están infrarrepresentados en las que requieren mayor cualificación, oscilando entre el 7 % y el 11 %.
Más concretamente, un 9 % de los empleados nacionales trabajan en empleos elementales, mientras que también lo hace uno de cada tres extranjeros, es decir, un 28 % de los empleados sin nacionalidad española.
En esta misma línea, un estudio de la Organización Internacional para las Migraciones (OIM) concluye que los inmigrantes son particularmente vulnerables a lesiones y enfermedades mortales derivadas del trabajo, a consecuencia de la explotación, de su precario estatus legal y de la falta de acceso a la protección del Estado.
Integración
Para medir el nivel de integración de las comunidades extranjeras en España y Catalunya, no existe solamente un indicador, sino que la integración se puede medir en diferentes ejes. En el socioeconómico, como ya hemos explicado, los inmigrantes están sobrerrepresentados en los menores deciles de renta. Asimismo, en lo que respecta al mercado de trabajo, la calidad de sus trabajos es inferior a la de los españoles.
Respecto al ámbito cultural, las diferencias existentes entre los nativos y los que llegan, principalmente los no europeos, se utilizan como argumento para defender que no se integran. Pero esta no es la realidad.
El 75 % de los extranjeros entiende al catalán. El dominio del habla, la lectura y la escritura ha aumentado un 10 % entre 2008 y 2018 entre los residentes extranjeros. Además, la diversidad de idiomas que se habla en Catalunya ha incrementado.
En cualquier caso, el uso de lenguas extranjeras en el territorio no sustituye a la enseñanza del catalán y del castellano en las escuelas públicas de Catalunya, tal y como explicamos. Lo que sí existe es el programa Llengües d’Origen, un proyecto pensado para que los alumnos puedan estudiar la lengua de su país de origen como actividad extraescolar.
Otro eje de la cultura es la religión. El catolicismo es la principal religión entre la población de Catalunya, seguido del ateísmo y el agnosticismo. El islam es minoritario. La comarca que más centros católicos tiene es el Bages, unos 200 por cada 100.000 habitantes, y la que más centros islámicos tiene, el Gironès, con casi 7 mezquitas por cada 100.000 habitantes.