La reforma del Reglamento del Parlament de Catalunya fue una propuesta de la CUP, y no de Ciudadanos como dice Carrizosa
Carrizosa se refería al artículo 25.4 del Reglamento, que se introdujo en 2017 a raíz de una enmienda que presentó la CUP y que finalmente se votó en el Pleno como una enmienda transaccional entre la CUP y Junts pel Sí
El presidente del grupo parlamentario de Ciudadanos en el Parlament de Catalunya, Carlos Carrizosa, aseguró en una rueda de prensa en el Parlament (en el minuto 22:28) que el Reglamento del Parlament de Catalunya se modificó “a instancias de Ciudadadanos” para incluir un artículo que recogiera que cuando se abre juicio oral contra un diputado por un delito de corrupción, la Mesa ha de suspenderlo de sus funciones. El perfil oficial de Twitter de Ciutadans también compartió fragmentos de la rueda de prensa y uno de los vídeos incluía estas declaraciones (en el minuto 0:57).
Es falso. Carrizosa se refería al artículo 25.4 del Reglamento, que se introdujo en 2017 a raíz de una enmienda que presentó la CUP y que finalmente se votó en el Pleno como una enmienda transaccional entre la CUP y Junts pel Sí (una enmienda transaccional es una enmienda que resulta de un acuerdo posterior a una negociación entre grupos parlamentarios en relación con las enmiendas presentadas y el texto parlamentario inicial). Todos los grupos excepto el PP apoyaron esta enmienda transaccional.
“El Reglamento del Parlament de Catalunya que se modificó a instancias de Ciudadanos”
Carlos Carrizosa, Ciutadans
Después de asegurar que Ciudadanos había impulsado la reforma del Reglamento del Parlament, Carrizosa añadió: “Pues que cuando se abre juicio oral contra un diputado por un delito de corrupción, la Mesa ha de suspender de sus funciones al diputado”, es decir, la información que aparece precisamente en el artículo 25.4 de la normativa.
La reforma del Reglamento de 2017
En el artículo 25.4, relativo a las causas de suspensión de los derechos y deberes parlamentarios, se señala que “en los casos en que la acusación sea por delitos vinculados a la corrupción, la Mesa del Parlament, una vez sea firme el acto de apertura del juicio oral y tenga conocimiento, acordará la suspensión de los derechos y deberes parlamentarios de forma inmediata”. Este artículo se añadió en la reforma del Reglamento del Parlament de Catalunya que se aprobó el 26 de julio de 2017 y que se publicó en el Boletín Oficial al día siguiente.
Ahora vuelve a estar en el debate político porque la presidenta del Parlament, Laura Borràs, está investigada por el Tribunal Superior de Justícia de Catalunya por presunto fraccionamiento irregular de contratos cuando dirigía la Institució de les Lletres Catalanes y podría quedar suspendida si se le abre juicio oral. El martes 26 de octubre, la Mesa del Parlament recibió un informe de los letrados con las propuestas de reformas jurídicas y técnicas del Reglamento que incluía, entre otras sugerencias, la propuesta de modificar el artículo 25.4 (así informaron La Vanguardia, el Ara y el 324, y lo explicaron los grupos parlamentarios en sus ruedas de prensa).
Verificat se ha puesto en contacto con el departamento de prensa del grupo de Ciudadanos en el Parlament de Catalunya, pero al momento de publicar esta verificación no habíamos obtenido respuesta.
Una enmienda de la CUP
La misma nota de prensa que publicó el Parlament en julio de 2017 tras la aprobación de la reforma del Reglamento explica que el texto final de la reforma del Reglamento incorporaba “una enmienda transaccional entre JxSí y la CUP que dispone que la Mesa debe acordar de inmediato la suspensión de los derechos y deberes de un diputado cuando sea acusado por delitos vinculados a la corrupción y el acto de apertura del juicio oral sea firme”.
En el Pleno, la entonces diputada de la CUP Anna Gabriel defendió la adición del artículo 25.4: “También hemos planteado que cuando un diputado o diputada esté imputado por causas de corrupción lucrativa, se entiende, por tanto, [que] se suspenda la condición de diputada. […] Y, por tanto, nosotros hemos hecho una transacción en este sentido que procure aprobar esta enmienda, y velaremos porque al menos cuando se abra juicio oral a alguna persona encausada por corrupción […] deba abandonar el escaño y se le suspendan las funciones a la espera de sentencia firme” (página 70 del Diario de Sesiones).
El origen de este artículo se remonta al 29 de mayo de 2017, cuando el Boletín Oficial del Parlament publicó la enmienda 23 del grupo parlamentario de la CUP para añadir un punto 4º al artículo 25. El texto que presentó la formación anticapitalista era ligeramente diferente al que se aprobó finalmente, que fue resultado de una transacción con Junts pel Sí (la coalición de Convergència Democràtica y Esquerra Republicana para las elecciones del 27 de septiembre de 2015).
El redactado inicial que había presentado la CUP iba más allá y proponía que “la mera condición de investigado en un procedimiento penal por parte de un órgano judicial del ámbito penal por un delito del ámbito de corrupción política provocará inmediatamente la suspensión de la condición de diputado por un período de tres meses. Finalizado este período la Comisión del Estatuto del Diputado resolverá sobre la prórroga de esta suspensión o sobre su levantamiento”.
Los detalles de la tramitación de la reforma del Parlament se pueden consultar en el Sistema de Información de la Actividad Parlamentaria (SIAP) con el número de expediente 211-00001/11.
La aprobación en el pleno
La reforma del Reglamento del Parlament se votó en el pleno del 26 de julio de 2017 y el dosier de aquel pleno incluía la enmienda de la CUP que se tenía que someter a votación: era la enmienda 13.
Sin embargo, durante la votación (en la página 78 del Diario de Sesiones), la presidenta del Parlament, Carme Forcadell, hizo constar que se había “presentado un texto transaccionado entre los grupos parlamentarios de Junts pel Sí y de la Candidatura d’Unitat Popular-Crida Constituent” que se había distribuido a los grupos parlamentarios.
Por lo tanto, se sometió a votación la enmienda transaccional, que fue aprobada por 124 votos a favor, 10 en contra y ninguna abstención. Como se ve en el vídeo de la sesión (en el fragmento de las 16:59:45), la enmienda recibió el apoyo de todos los grupos parlamentarios, excepto el PP.
Junts pel Sí se había opuesto en comisión
Previamente, la enmienda número 13 con el texto propuesto originalmente por la CUP (que figuraba en la página 51 del Boletín Oficial del Parlament del 6 de junio de 2017) no se había aprobado cuando se votó en la Comisión del Reglamento el 6 de junio de 2017. Como informó el diario Ara y como se ve en el vídeo de la sesión (en el fragmento de las 16:17:08), la enmienda se rechazó con los votos en contra de Junts pel Sí, el PSC y el PP, el voto a favor de Catalunya Sí que es Pot y la CUP y la abstención de Ciutadans.
Sin embargo, el presidente del grupo parlamentario de Junts pel Sí, Jordi Turull, hizo constar durante la votación en comisión que su grupo intentaría que hasta el pleno “hubiera alguna transacción” (página 14 del Diario de Sesiones). El Ara también contó que Junts pel Sí “seguiría negociando” con la CUP este aspecto. Y la negociación fue la que dio lugar a la transacción que se acabó votando y aprobando en el pleno.
La reforma para permitir lectura única
La modificación que se aprobó en julio de 2017 también introdujo que “el grupo promotor de una proposición de ley puede solicitar que se tramite por el procedimiento de lectura única para así aprobarla con un único debate en sesión plenaria, si así lo acuerda el propio pleno” (el artículo 135.2). Hasta entonces, para tramitar una proposición de ley con este procedimiento era necesario que lo pidieran conjuntamente todos los grupos parlamentarios. Este cambio tenía que servir para aprobar en septiembre las llamadas “leyes de desconexión” (la Ley del referéndum y la Ley de transitoriedad jurídica).
Sin embargo, después de la aprobación en el pleno, el Gobierno interpuso un recurso de inconstitucionalidad contra el artículo 135.2 y el Tribunal Constitucional admitió a trámite el recurso y suspendió cautelarmente el precepto impugnado el 31 de julio (así consta en la nota de prensa y en la providencia del TC).
La CUP recuerda que fue una propuesta suya
Volviendo a la actualidad, este mismo martes 26, tras conocerse el informe de los letrados del Parlament, la CUP se opuso a modificar o eliminar el artículo 25.4 y dos de sus diputados recordaron que introducirlo fue una iniciativa suya. El secretario tercero de la Mesa del Parlament de Catalunya, Pau Juvillà, defendió en una entrevista en el Planta Baixa de TV3 que la modificación del artículo 25 del Reglament de la cámara catalana fue propuesta por la CUP (en el minuto 2:21:40) y Eulàlia Reguant lo recordó en una rueda de prensa en el mismo Parlament (en los minutos 22:17 y 32:50).