El éxodo por la guerra: diferencias y similitudes entre los refugiados de Ucrania y los de países musulmanes
Los hombres ucranianos de entre 16 y 60 años tienen prohibida la salida del país. Además, entre los solicitantes de asilo en España también hay personas de países musulmanes donde hay un conflicto armado.
¿Qué se ha dicho?
Los ucranianos son refugiados de guerra a diferencia de los jóvenes barones en edad militar y de origen musulmán que se han lanzado contra las fronteras europeas.
¿Qué sabemos?
Los hombres ucranianos de entre 16 y 60 años tienen prohibida la salida del país. Además, entre los solicitantes de asilo en España también hay personas de países musulmanes donde hay un conflicto armado.
El presidente de Vox, Santiago Abascal, dijo el 2 de marzo en el Congreso de los Diputados (minuto 1:15) que las personas que llegan de Ucrania sí que son “refugiados de guerra” a diferencia de la llegada de “jóvenes barones en edad militar y de origen musulmán que se han lanzado contra las diferentes fronteras de Europa”. Es ENGAÑOSO. Para empezar, desde Ucrania no pueden llegar “jóvenes en edad militar”, como asegura Abascal, porque el gobierno ucraniano prohibió la salida de hombres de entre 18 y 60 años de forma temporal para ponerlos a disposición del ejército para hacer frente a la invasión rusa.
Sin embargo, de los 21.860 solicitantes de asilo en España el 2021 procedentes de países musulmanes, un 47% (10. 389) provenían de un territorio con un conflicto armado activo. En 6 de los 10 países musulmanes que más protección internacional han pedido a España había un conflicto armado activo. Es el caso de Siria, Mali, Pakistán, Afganistán, Argelia y Nigeria. El ministerio del Interior español no desglosa los motivos por los cuales da el estatus de refugiado a una persona y, por lo tanto, no podemos calcular y comparar los datos de “refugiados de guerra”.
“Son refugiados de guerra. Estas mujeres, niños y ancianos, sí que tienen que ser acogidos a Europa. Cualquiera puede entender ahora perfectamente cuál es la diferencia entre estos flujos de refugiados que hay ahora y las invasiones de jóvenes barones en edad militar y de origen musulmán que se han lanzado contra diferentes fronteras de Europa en un intento de desestabilizarla y de colonizarla”
Santiago Abascal, presidente Vox
Abascal también hace referencia a la supuesta invasión de inmigrantes musulmanes que desmentimos en este artículo de El Periódico.
Los hombres no pueden salir de Ucrania
Los hombres ucranianos de entre 16 y 60 años tienen prohibida la salida del país, según la decisión que tomó el gobierno ucraniano al aplicar la ley marcial, un régimen legal que se impone en una situación de agresión armada o amenaza en bloque. “Esto dibuja claramente el perfil”, explica Xavier Aragall, investigador del Instituto Europeo de la Mediterránea. “En el caso de Siria marchaba quién podía y podías encontrar familias enteras porque el estado hacía una represión muy fuerte sobre todo el mundo. En Ucrania esto se rompe porque no dejan marchar los hombres”, concluye Aragall.
Además, con la invasión rusa de Ucrania, el Consejo de la Unión Europea ha decidido activar por primera vez la directiva 2001/55/CE, por la cual los ucranianos podrán vivir, trabajar y estudiar legalmente durante un año en la UE (prorrogable a tres años), sin tener que pedir protección internacional. Por lo tanto, hay un cambio en la situación jurídica y en como la Unión Europea ha decidido gestionar la llegada de los desplazados, pero anteriormente personas de origen musulmán también pidieron protección internacional en España.
Países musulmanes con conflicto armado
El 2021, 20.986 personas de 10 países donde el islam es la religión mayoritaria pidieron protección internacional en España, según datos del Ministerio del Interior. El país de donde llegaron más solicitantes de protección fue Marruecos, seguido de Mali y Senegal. Sin embargo, solo un 14,7% de las 20.986 solicitudes recibieron una respuesta favorable y a estas personas el Estado los concedió el estatus de refugiado, la protección subsidiaria o la protección por razones humanitarias.
Según el último informe el Uppsala Conflict Data Program, un proyecto de una universidad de Suecia que registra muertos en conflictos armados, de los 10 países islámicos que pidieron protección internacional en España el 2021 y el 2020, seis tenían conflictos armados el 2020: Mali, Pakistán, Afganistán, Siria, Argelia y Nigeria. Solo a cuatro de los países musulmanes con más demandados de protección internacional no había ningún conflicto el 2020: Marruecos, Senegal, Túnez y Guinea. El Global Conflict Tracker del Council of Foreign Relations y el International Crisis Group son otras bases de datos de los conflictos armados que hay en el mundo, comenta a Verificat el doctor en estudios de guerra e investigador del IBEI Gabriel Garroum.
Eduard Soler, doctor en Relaciones Internacionales por la Universitat Autònoma de Barcelona e investigador sobre cuestiones de geopolítica y seguridad global en el Barcelona Centre for International Affairs (CIDOB), apunta a Verificat que “en este momento podemos hablar de conflictos armados de dimensiones considerables en Mali, Afganistán y, sobre todo, Siria”. Precisamente esta semana hace 11 años del inicio de la guerra de Siria el 15 de marzo de 2011.
No hay cifras de “refugiados de guerra”
Según explica a Verificat Ricardo Cana, del departamento de prensa de la Comisión Española de Ayuda al Refugiado, no hay datos de los motivos por los cuales el gobierno español da la protección internacional. Esto pasa porque dentro de la jurisdicción no hay una clasificación de refugiados, comenta David Querol, vocal de la Subcomisión de Extranjería y Protección Internacional del Consejo General de la Abogacía Española: “No es un cuestión de decir refugiado de guerra o no, uno es refugiado o no lo es”.
El abogado comenta a Verificat que las Naciones Unidas certifican cuando hay una situación de conflicto en un país y cuando una persona de estos países pide protección internacional, el más seguro es que le den el estatus de refugiado, porque se sabe que la persecución no es solo de un individuo, sino que es “del individuo y del colectivo”. La Agencia de Refugiados de la ONU también dispone de un mapa en que marca las diferentes situaciones que provocan éxodos de población al mundo.
Martijn Vlaskamp, doctor en Relaciones Internacionales e Integración Europea por la Universitat Autònoma de Barcelona e investigador sobre conflictos armados en el Instituto Barcelona de Estudios Internacionales (IBEI), explica a Verificat que “la definición más común es que un conflicto armado tiene al menos 25 muertos por batallas militares en el año” y una guerra civil, más de 1.000. Esta es la definición que hace Uppsala Conflict Data Program.
Vías para conseguir la protección internacional
La Ley 12/2009 reguladora del derecho de asilo y de la protección subsidiaria define el derecho a asilo en el artículo 2 como la “protección dispensada a los nacionales no comunitarios o a los apátridas a quienes se reconozca la condición de refugiado” en los términos definidos en el artículo 3 de la ley, en la Convención sobre el Estatuto de los Refugiados y en su Protocolo.
En este sentido, el artículo 3 de la ley recoge que “la condición de refugiado se reconoce a toda persona que, a causa de fundados temores de ser perseguida […], se encuentra fuera del país de su nacionalidad y no puede o, a causa de estos temores, no quiere acogerse a la protección de tal país”. La Convención sobre el Estatuto de los Refugiados de las Naciones Unidas (en el artículo 1.A.2) y el Protocolo sobre el estatuto de los refugiados (en el artículo 1.2) definen la condición de refugiado en los mismos términos. Los informes de asilo en cifras del Ministerio del Interior también dejan claro que “el reconocimiento de la condición de refugiado” implica la “concesión del derecho de asilo” (informe 2020).
El abogado David Querol explica a Verificat que en España una persona no pide asilo, sino que pide protección internacional y es el gobierno español quien decide cual de los dos tipos de protección le da: asilo (estatus refugiado) o protección subsidiaria.
La diferencia entre ambos es que el derecho de asilo (refugiados) es por una persecución concreta “por motivos de raza, religión, nacionalidad, opiniones políticas, pertenencia a determinado grupo social, de género u orientación sexual” (artículo 3). Mientras que la protección subsidiaria se da cuando, sin reunir los requisitos para ser refugiado, la persona también tiene un riesgo real de sufrir un daño grave como la condena a pena de muerte, torturas o tratos inhumanos y amenazas graves motivadas por una violencia indiscriminada en situaciones de conflicto internacional o interno (artículo 4 y 10).
Aun así, David Querol también comenta que hay otra manera de conseguir la protección internacional, cuando esta se da por razones humanitarias diferentes de las señaladas en la protección subsidiaria. Esta categoría se creó para poder dar protección internacional a los venezolanos que se iban de una situación de “desabastecimiento”, una casuística que no quedaba recogida en la definición de la protección internacional. Según explica el abogado, la residencia por razones humanitarias antes la concedía el Ministerio de Inclusión Seguridad Social y Migraciones y ahora depende del Ministerio del Interior.