Tener gallinas para el autoconsumo sin registrar es ilegal desde hace años, no es algo nuevo como afirman mensajes virales
Solo se imponen sanciones en caso de no tenerlas registradas o en malas condiciones

Solo se imponen sanciones en caso de no tenerlas registradas o en malas condiciones

¿Qué se ha dicho?
Que la ley podrá multar con entre 600 y 3.000 euros a las personas que tengan gallinas y no las tengan registradas, aunque sea para consumo propio.
¿Qué sabemos?
Que según el Real Decreto 637/2021, se pueden tener gallinas para autoconsumo, siempre que se cumplan unas condiciones.
Nos habéis preguntado a través de nuestro canal de WhatsApp (+34 666 908 353) si es cierta una imagen que circula en redes sociales con apariencia de ser un titular de un medio de comunicación que dice que se comenzará a sancionar con multas de hasta 3.000 euros tener gallinas sin registrar. La publicación apunta al presidente español, Pedro Sánchez, la Agenda 2030 y el Estado del Bienestar como responsables de esta situación.
Más allá de la errónea vinculación de la normativa vigente con teorías de la conspiración sobre la Agenda 2030, el titular es cierto: si las gallinas no están debidamente registradas, pueden producirse sanciones, independientemente del uso que se les dé. En cualquier caso, sin embargo, esto no es nuevo. La ley que contempla estas sanciones existe desde hace años y en Catalunya está vigente desde 2014. ¡TE LO EXPLICAMOS!
“Sánchez multará con hasta 3.000€ a todo aquel que tenga gallinas, ocas o patos para autoconsumo de huevos o carne sin registrar”
La imagen que nos habéis compartido surge de un tuit viral del 19 de marzo en el que el usuario asegura que el presidente del gobierno español, Pedro Sánchez, multará “a todo el que tenga gallinas, ocas o patos para autoconsumo de huevos o carne sin registrar”. El mensaje adjunta como prueba una captura de pantalla de un artículo reciente sobre el tema.
Las multas se recogen en una ley de 2003 (ley 8/2003) y la medida de registrar los animales proviene del Real Decreto 637/2021 que, no obstante, se ha vuelto a viralizar a raíz del aumento del precio de los huevos que la Organización de Consumidores y Usuarios (OCU) sitúa en un 25% en el último mes.
El Real Decreto 637/2021, de 27 de julio, define la normativa para la ordenación de las granjas avícolas y estipula que todas las personas que tengan gallinas están obligadas a registrarlas, independientemente del uso que se les dé. También en los casos de autoconsumo: “Los titulares de las explotaciones de autoconsumo están obligados a efectuar una comunicación previa para que se incluyan en el registro general de explotaciones ganaderas”, concreta el texto, que remite a la ley 8/2003, del 24 de abril de sanidad animal, donde se especifican las sanciones (entre 600 y 3.000 euros) que se pueden aplicar en caso de no registrar las explotaciones avícolas.
En Catalunya es obligatorio informar de la tenencia de gallinas y pollos para autoconsumo desde 2014, información que se recoge en el Decret 40/2014 y como ha publicado la Generalitat en una nota de prensa a raíz de la desinformación viral.
No obstante, la legislación vigente diferencia claramente entre explotaciones comerciales y granjas para autoconsumo, a las que no se les exigen los mismos requisitos. De hecho, la mayoría de condicionantes no aplican, tal como se especifica en el mismo artículo 1.
Los requisitos, sin embargo, varían según la comunidad autónoma y también pueden variar entre municipios.
¿Puedo tener gallinas para autoconsumo en Catalunya?
En Catalunya, se consideran explotaciones para autoconsumo aquellas instalaciones que mantienen aves con el único objetivo de producir alimentos para el consumo privado del titular y su familia. Esta definición también se recoge en el Decret 40/2014, de 25 de marzo, sobre la ordenación de las explotaciones ganaderas.
Así pues, se pueden tener hasta 32 gallinas ponedoras para autoconsumo. En el caso de la producción de carne, se permite una capacidad máxima de 210 kg de peso vivo al año, que corresponde aproximadamente a unos 50 pollos. Siempre que se hayan registrado correctamente como explotación de autoconsumo.
Sin embargo, esta normativa no es común para todos los municipios, ya que algunos pueden establecer limitaciones más restrictivas.
Tal como se extrae de ambas normativas, la estatal y la autonómica, no se pueden comercializar los huevos ni la carne procedente de estas aves, hecho que sería delictivo y podría conllevar sanciones económicas. De hecho, las multas vinculadas a esta legislación derivan, principalmente, por la venta de productos a terceros o por el incumplimiento de algunas de las condiciones necesarias para tener aves de autoconsumo.
¿Qué condiciones debo cumplir para tener gallinas en Catalunya?
- Bioseguridad: Es necesario adoptar medidas para minimizar el riesgo de entrada y propagación de enfermedades. Esto incluye, por ejemplo, limitar las visitas externas al espacio de las aves.
- Registro e identificación: Se debe notificar la presencia de las gallinas a las autoridades competentes mediante el registro de explotaciones ganaderas. Es necesaria una identificación individual del animal (mediante anillas en el caso de aves), que la Ley de Bienestar Animal obliga. En esta ley también se incluye la identificación de perros, gatos y hurones.
- Condiciones higiénicas: Mantener las instalaciones limpias y con un buen control de plagas. Evitar el contacto directo con aves silvestres para prevenir la propagación de enfermedades como la gripe aviar. Las aves deben disponer de suficiente espacio, acceso a comida y agua de calidad, y protección contra condiciones climáticas adversas.
- Gestión de residuos: El estiércol y otros residuos provenientes de los animales deben gestionarse adecuadamente para evitar problemas ambientales