El informe sobre Derechos Fundamentales en la UE no critica a España directamente, como dice ERC
El documento no hace menciones explícitas a ningún país y la referencia a la sentencia del proceso forma parte de la exposición de motivos, que no se ha votado
Esquerra Republicana de Catalunya (ERC) destaca en un comunicado que el informe sobre los Derechos Fundamentales en la Unión Europea aprobado esta semana en la Comisión de Libertades Civiles, Justicia e Interior (LIBE) del Parlamento Europeo critica la violencia policial en España y la “sentencia contra los presos políticos”. Hemos querido ver qué dice exactamente este informe, que se votará la semana que viene en el pleno del Parlamento Europeo, y qué enmiendas se han aprobado. La declaración de ERC es ENGAÑOSA.
“El informe aprobado hoy en comité en la Eurocámara critica la violencia policial, la sentencia contra los presos políticos y la carencia de independencia judicial y de separación de poderes en varios Estados Miembro”
El informe no habla literalmente del proceso independentista en Catalunya. La mención más explícita que se hace está en la exposición de motivos, un texto que expresa exclusivamente la opinión de la ponente que impulsa el informe y que no representa la posición del Parlamento Europeo; no se somete a votación y no se puede enmendar. En este caso, la ponente (rapporteur) ha sido la eurodiputada Clare Daly, de Izquierda Unitaria Europea (del cual forman parte Bildu, Izquierda Unida y Podemos). De hecho, el mismo comunicado de ERC admite más adelante que la denuncia sobre la “brutalidad policial” y las “sentencias judiciales para permitir plebiscitos democráticos” aparece al inicio del texto, en palabras que representan la postura de Daly.
En su exposición de motivos, Daly sí que hace una referencia (que, a pesar de no ser explícita, es clara) a la situación de los presos independentistas y critica la posición de la Eurocámara:
“Hemos sido testigos de una brutal violencia policial contra los manifestantes en algunos países y hemos presenciado el encarcelamiento de diputados, algunos de ellos con penas superiores a diez años, por permitir la celebración de un referéndum democrático. Por qué el Parlamento denuncia las violaciones del Estado de Derecho por parte de algunos Estados miembros, pero guarda silencio sobre otros?”
El departamento de prensa del Parlamento Europeo confirma a Verificat que la exposición de motivos “no forma parte formalmente del proyecto de informe, sino que simplemente se adjunta al primer borrador elaborado por el poniente”. Posteriormente, la discusión en comisión puede hacer que esta exposición de motivos acabe resultando “irrelevante si el contenido de la resolución se altera significativamente”, explica el área de prensa del Parlamento Europeo.
El reglamento interno del Parlamento recoge en el artículo 55.2 que la exposición de motivos “tendrá que concordar con el texto de la propuesta de resolución” y que, en caso contrario, “el presidente de la comisión podrá suprimir[la]”. A este artículo se han aferrado los grupos liberal, popular y socialdemócrata europeos (que representan una mayoría) para pedir al presidente de la Comisión encargada de debatir este informe que se suprima la exposición de motivos de Daly. Finalmente, se ha suprimido, puesto que el resultado final del informe no critica a España ni a ningún país directamente, sino que se limita a describir la situación de los derechos humanos en el conjunto de la Unión Europea.
El papel de Ciutadans, PP y Vox
Por otro lado, el comunicado de Esquerra afirma que “a pesar de los esfuerzos de Ciutadans, PP y VOX para diluir el texto, […] el resultado final es explícito y supone un importante toque de alerta al Estado español”. Es FALSO. El departamento de prensa del Parlamento responde a Verificat que “el informe trata del estado de los derechos fundamentales en la UE, centrándose en cuestiones que aparecen en algunos Estados miembros o de manera general, y no menciona explícitamente ni España ni ningún otro estado”.
"A pesar de los esfuerzos de Ciutadans, PP y VOX para diluir el texto, hacer caer enmiendas relativas a la represión contra Catalunya y presionar para que no se señalen países concretos, el resultado final es explícito y supone un importante toque de alerta al Estado español"
En el borrador del informe que elaboró inicialmente la eurodiputada y que ahora se ha enmendado (y votado posteriormente), había dos referencias explícitas al estado español, que se han acabado eliminando. En primer lugar, una sobre el uso desproporcionado de la fuerza contra manifestantes pacíficos en toda la UE (que citaba los casos de Rumanía, España y Francia) y sobre el hecho de que cada vez se usen más porras, gases lacrimógenos, cañones de agua o balas de goma. Este apartado fue suprimido a raíz de una enmienda de Vox (la 191 ). En segundo lugar, hablaba de las “devoluciones sumarias de migrantes” y recordaba que el “Comisario por los Derechos Humanos del Consejo de Europa expresó su preocupación por la práctica de las «devoluciones sumarias» en los enclaves ceutíes y Melilla”. Una enmienda del grupo Popular (la 214) eliminó este párrafo.
En el otro extremo, pero, Vox también quería suprimir la condena al uso de intervenciones “violentas y desproporcionadas por parte de las autoridades […] durante las protestas y las manifestaciones pacíficas” (sin ninguna mención explícita), pero su enmienda (la 478) no se aprobó.
Informes sobre la prisión preventiva
Finalmente, el comunicado de Esquerra también destaca que la eurodiputada Diana Riba ha conseguido por primera vez introducir un apartado entero sobre el sistema penitenciario en un informe como este y se felicita por haber introducido la preocupación por el abuso de la prisión preventiva. Es FALSO. El informe de 2018 y 2019 aprobado finalmente en Comisión tiene un apartado titulado “condiciones penitenciarias” (con un único punto) que nace, en parte, de las enmiendas de la eurodiputada Diana Riba, pero el informe de los derechos humanos en la UE de 1995 ya tenía un apartado (con 12 puntos) dedicado a los derechos humanos en las prisiones. Además, ha habido varias ocasiones en las cuales el Parlamento Europeo ya se había pronunciado sobre la prisión preventiva.
"La republicana también se ha mostrado muy satisfecha por el hecho de haber conseguido que, por primera vez, un informe de este tipo dedique un apartado entero al sistema penitenciario"
"Las enmiendas que ha introducido Diana Riba en este ámbito sitúan el abuso de la prisión preventiva como un problema capital de derechos fundamentales a Europa"
El caso más reciente en que el Parlamento Europeo hablaba de prisión preventiva fue en 2017, en una resolución que subrayaba que “la prisión preventiva tiene que ser una medida de último recurso, utilizada en casos estrictamente necesarios y durante el periodo más breve posible” y hacía un llamamiento a minimizar el recurso de la detención preventiva. En 2011, la resolución sobre las condiciones de privación de libertad en la UE ya había pedido a los Estados miembros que la prisión preventiva se utilizara “bajo estrictas condiciones de necesidad y proporcionalidad y por un tiempo limitado”. Finalmente, en 1998, la resolución sobre las condiciones carcelarias en la UE recordaba que “la prisión preventiva tiene que conservar imperativamente su carácter excepcional”.
Por otro lado, hay tres informes sobre los derechos humanos en la UE de finales del siglo pasado (equivaliendo al que se aprobó esta semana) que hablaban explícitamente. En primer lugar, el informe de 1997 (las discusiones se pueden leer en el procedimiento 1996/2252), instaba los estados a “limitar a lo imprescindible el recurso a las detenciones preventivas”. En segundo lugar, el informe de 1996 (las discusiones respectivas, en el procedimiento 1996/2239) tenía un capítulo aparte sobre la “situación de los detenidos y de las personas retenidas provisionalmente” en el cual lamentaba “la excesiva duración de la detención preventiva”. Finalmente, el informe de 1995 (el procedimiento 1996/2003) tenía un apartado entero (con doce puntos) dedicado a los derechos humanos en las prisiones. Pedía que los Estados miembros emprendieran una “reforma inmediata y profunda de la prisión preventiva” y defendía que no se usara la prisión preventiva para conseguir confesiones o delaciones.
Las enmiendas de Diana Riba sobre la prisión preventiva (la 588 y la 589) que se aprobaron van en la línea de todos estos precedentes y lamentan, por ejemplo, “el uso excesivo de la detención preventiva en algunos Estados miembros y la carencia de revisiones de la detención para garantizar que la detención preventiva como medida de último recurso está debidamente justificada”.
La falta de independencia del poder judicial
Para acabar, sí que ha habido enmiendas propuestas por Diana Riba que han sido aprobadas en Comisión y que, en algunos casos, tienen que ver con la politización de la justicia.
“El texto incluye diversas enmmiendas impulsadas por la eurodiputada d'Esquerra que denuncian «el uso del sistema judicial para fines políticos que buscan dañar, deslegitimar y silenciar la disidencia política» y lamentan que «la inflluencia política en el poder judicial hayan hecho que a menudo no pueda cumplir su función de control independiente»”
La Comisión de Libertades Civiles, Justicia e Interior ha aprobado, por ejemplo, enmiendas introducidas por la eurodiputada de ERC con recomendaciones para poder determinar "las responsabilidades asociadas a la cadena de mando" a los equipos antidisturbios y para facilitar que se puedan "investigar posibles excesos y evitar la impunidad" (enmienda 479). También ha llevado a término una enmienda (la 585) que subralla que en algunos casos el poder judicial no es capaz o no está dispuesto a "cumplir su papel como control independiente del uso arbitrario del poder" a causa de la influencia o control político del poder judicial y la corrupción de jueces, abogados o fiscales.
Finalmente, la resolución también lamenta (en la enmienda 586) que, "en lugar de defensar y reforzar la independencia, la imparcialidad y la rendición de cuentas judiciales, algunos gobiernos y políticos en algunos Estados miembros interfieren en la tarea del poder judicial y, es más, recurren a amenazas contra los jueces" y condena "el uso del sistema judicial para fines políticos, con el objetivo de dañar, deslegitimar o hacer callar a la oposición política."
En cambio, por ejemplo, no han sacado adelante enmiendas de la misma Diana Riba que mostraban preocupación por el "amplio margen de los marcos legislativos nacionales para acceder a información electrónica sin supervisión ni salvaguardas judiciales adecuadas" (la 513) o que manifestaban la "profunda preocupación por los graves ataques contra el EStado de Derecho en algunos Estados miembros" (la 573).